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    <fecha_publicacion>2010/03/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 652 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 127 
 Demanda 652 de 2009 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 652 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Méndez Santamaría, contra la empresa “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 390 de 2009
  En Móstoles, a 23 de noviembre de 2009.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Álvaro Méndez Santamaría, contra “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 31 de marzo de 2009, condenando a la demandada a readmitir al mismo en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antes de producirse el despido, a no ser que en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de esta sentencia y sin necesidad de esperar a la firmeza de la misma, salvo que opten ante este Juzgado por abonar al demandante una indemnización en cuantía de 6.120,45 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31 de marzo de 2009) hasta el 30 de agosto de 2009, a razón de 56,28 euros/día.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ibcuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 12 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.388/10)</texto>
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