<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100310-364</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 47 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>58</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-10010320100310</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/10/BOCM-20100310-364.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/10/BOCM-20100310-364.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/10/BOCM-20100310-364.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 364 
 Ejecución 47 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 47 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jerónimo Bote Ledo, contra la empresa “Vías Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 1 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución interesada, por encontrarse la entidad ejecutada “Vías Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, en situación de concurso.
  Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vías Canales y Puertos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.915/10)</texto>
</documento>