<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100309-626</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SORIA NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Soria número 1. Ejecución 98 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>19</pagina_inicial>
    <pagina_final>19</pagina_final>
    <diario_numero>57</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-09010320100205</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/09/BOCM-20100309-626.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/09/BOCM-20100309-626.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/09/BOCM-20100309-626.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SORIA NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SORIA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 626 
 Ejecución 98 de 2009 
  Doña Antonia Pomeda Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Soria.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 98 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Najibi Elarbi, contra la empresa “Hierros Las Hurdes, Sociedad Limitada”, se ha dictado auto de fecha 19 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Su señoría acuerda: Despachar la ejecución solicitada por don Najibi Elarbi, contra “Hierros Las Hurdes, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.996,40 euros de principal, más 299,64 euros de intereses y otros 299,64 euros de costas y gastos provisionales que se fijan provisionalmente. Trabar embargo sobre los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hierros Las Hurdes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Soria, a 2 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.698/10)</texto>
</documento>