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    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Agencia Tributaria Madrid. Exposición matrículas tributos municipales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>O. A. Agencia Tributaria Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Agencia Tributaria Madrid
 
 54 
 Exposición matrículas tributos municipales 
  Exposición al público de matrículas de tributos municipales.
  La directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus Estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por Resoluciones de 5 de marzo de 2010, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2010:
  .	Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
  .	Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por Pasos de Vehículos.
  Se pone en conocimiento de los respectivos obligados al pago que las mismas estarán expuestas al público en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, sitas en la calle del Sacramento, número 3; en la calle de Alcalá, número 45; en la calle del Príncipe Carlos, número 40 (Sanchinarro), y en la calle del Hierro, número 27, en horario de nueve a diecisiete, de lunes a jueves, y de nueve a catorce, los viernes), durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlas.
  La matrícula de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por Pasos de Vehículos estará expuesta también en las Oficinas de Atención al Ciudadano (Líneamadrid) situadas en cada Distrito, excepto en Centro, en los mismos horarios y fechas señalados en el párrafo anterior.
  Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (31 de mayo).
  Madrid, a 5 de marzo de 2010..La Directora, Rosa Ana Navarro Heras.
  (02/1.619/10)</texto>
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