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    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 1.680 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 503 
 Demanda 1.680 de 2009 
  Don José Luis Sanz Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.680 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Garrido del Olmo, contra doña Marina de Paco Pingarrón y “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Rosa María Garrido del Olmo, contra la mercantil “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, y contra su administradora doña Marina de Paco Pingarrón, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entres las partes en la fecha de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora en la suma de 9.240 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (31 de octubre de 2009) hasta al presente resolución a razón de 56 euros por día.
  Asimismo, debo absolver y absuelvo a doña Marina de Paco Pingarrón de todos los pronunciamientos deducidos en su contra.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Marina de Paco Pingarrón y “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.664/10)</texto>
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