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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 197 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 448 
 Ejecución 197 de 2009 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 197 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdel Aziz Auolasellan Afkir, don Abdelkadir Auola Sellam, don Karim Jlabane, don Ángel Espada Salmerón, don George Olteanu, don Sergio Cubero Guerrero, doña Francisca Tena Delgado, don Nicolaev Milen Krasimirov, don Vladislav Bilchev Nedelchev, don Dilyan Georgiev Dimanov, don Svetoslav Georgiev Dimanov, don Borislav Georgiev Dimanov, don Jhon Jairo Morales, don Ruger Justiniano Roca y don José María Cubero Guerrero, contra la empresa “Actúa Prevención Integral, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 9 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 50.001,26 euros, más la cantidad de 3.750,09 euros en concepto de intereses y 5.000,12 euros en concepto de costas provisionales.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social ­(firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Actúa Prevención Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de octubre de 2009..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.670/10)</texto>
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