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    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 381 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 432 
 Demanda 381 de 2009 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 381 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bernabé García Luis, contra la empresa “Ecce Homo Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 533 de 2009
  En Madrid, a 9 de diciembre de 2009..Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Bernabé García Luis, que comparece asistido del letrado don Fernando Lumbreras González, y de otra, como demandadas, “Ecce Homo Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, y “Julvaga, Sociedad Limitada”, que no comparecen, ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Bernabé García Luis, debo condenar y condeno a “Ecce Homo Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, y “Juvalga, Sociedad Limitada”, a abonar solidariamente a la parte actora la cuantía de 740,13 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno (artículo 189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ecce Homo Construcciones Metálicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.654/10)</texto>
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