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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.448 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 355 
 Demanda 1.448 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.448 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana Gómez Clemente, contra las empresas “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha 4 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 4 de febrero de 2010.
  Parte dispositiva:
  Que debía rectificar y rectificaba la sentencia de 4 de enero de 2010, en el sentido de que debe constar en el fallo: «condenando a las demandadas “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, y “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, a que abonen una indemnización de 33.309,57 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado hasta la fecha de esta sentencia, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal, si los hubiere», permaneciendo igual en el resto.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma doña Marta Pérez Arroyo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 14 de Madrid..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ceprés Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.793/10)</texto>
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