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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 820 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 294 
 Demanda 820 de 2009 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 820 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Melecio Ojeda Jima, contra la empresa “Construcciones y Reformas Vilima, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 2 de diciembre de 2009..Vistos los preceptos legales mencionados, y demás de general aplicación.
  Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida de su demanda, y archívese el procedimiento sin más trámite.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma se podrá interponer recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Vilima, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.718/10)</texto>
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