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    <titulo>Madrid número 45. Juicio de faltas 818 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 45</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 45 
 EDICTO
 
 204 
 Juicio de faltas 818 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 45 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 818 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a doña Virginia Ionela Feraru y doña Narcisa Florea, como autoras de la falta de hurto prevista en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con cuota diaria de 5 euros, para cada una, y al abono de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Virginia Ionela Feraru y doña Florea Narcisa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 12 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/7.172/10)</texto>
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