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    <fecha_publicacion>2010/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 1.022 de 2009-RA</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>57</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42 
 EDICTO
 
 203 
 Juicio de faltas 1.022 de 2009-RA 
  Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.002 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Madrid, a 7 de diciembre de 2009..Vistos por mí, doña Almudena Álvarez Tejero, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.002 de 2009, sobre hurto, en virtud de denuncia, en los que han sido partes, el señor fiscal, y como implicados: como denunciante, don Jerónimo Gómez Jiménez; como perjudicado, “El Corte Inglés”, y como denunciado, don José Rafael Peña Hernández, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don José Rafael Peña Hernández, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 6 euros.
  Se fija una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, bien de forma voluntaria bien por vía de apremio.
  Cese el depósito en su día constituido sobre los efectos objeto de la sustracción.
  Contra la presente cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 976, con relación al 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Rafael Peña Hernández, expido la presente en Madrid, a 4 de febrero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/6.868/10)</texto>
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