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    <fecha_publicacion>2010/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>56</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 92 
 Modificación ordenanza fiscal 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público los acuerdos provisionales, que a continuación se relacionan, adoptados por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2010.
  Aprobar la modificación de la ordenanza fiscal siguiente:
  A)	Acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público.
  	Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
  a)	Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
  c)	Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información pública, se entenderán definitivamente adoptados estos acuerdos.
  En Villaviciosa de Odón, a 2 de marzo de 2010..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
  (03/8.986/10)</texto>
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