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    <fecha_publicacion>2010/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Autorización actuación metrológica
– Resolución de 17 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se prorroga la autorización como verificador de medidas eléctricas a la empresa “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>56</diario_numero>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 27 
 Resolución de 17 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se prorroga la autorización como verificador de medidas eléctricas a la empresa “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”. 
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Con fecha 20 de junio de 2008 se autoriza a “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”, con domicilio en calle Lérida, número 61, 2, 28020 Madrid, como verificador de medidas eléctricas para la realización y emisión de las oportunas certificaciones de verificaciones en origen de los siguientes contadores eléctricos:
  .	Contador registrador trifásico Orbitax T3 para los puntos de medida 2, 3, 4 y 5 establecidos según el Real Decreto 1110/2007.
  .	Contador tarifador monofásico multifunción Domotax para medida de energía activa clase 1 y de energía reactiva clase 2, para conexión a dos hilos. 
  Segundo
  Esta autorización se concedió provisionalmente durante un año hasta que “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”, consiguiera la acreditación según la norma UNE-EN ISO/IEC-17025, que establece los requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración. 
  Tercero
  Habiéndose superado el plazo de designación provisional, don José Manuel Rodríguez García-Marrón, en nombre y representación de la empresa “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”, con domicilio en calle Lérida, número 61, 2, 28020 Madrid, presenta ante esta Dirección General de Industria, Energía y Minas solicitud de prórroga de la autorización como verificador de medidas eléctricas en la fase de verificación en origen de los contadores eléctricos modelo Orbitax T3 y modelo Domotax.
  Cuarto
  Durante el período de autorización provisional, el organismo autorizado ha cumplido con diligencia con todas las tareas a él encomendadas, teniendo una dilatada experiencia de capacidad y formación técnica en el ámbito de la autorización concedida.
  Quinto
  Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas considera que en la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios.
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.
  Segundo
  El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida del Sistema Eléctrico, establece que aquellos contadores que no tengan una reglamentación metrológica específica deberán realizar una verificación en origen por el verificador de medidas eléctricas.
  Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas
  RESUELVE
  Primero
  Conceder a la empresa “Orbis Tecnología Eléctrica, Sociedad Anónima”, una prórroga, por un período de un año, de la autorización como verificador de medidas eléctricas para la realización y emisión de las oportunas certificaciones de verificaciones en origen de los siguientes contadores eléctricos:
  .	Contador registrador trifásico Orbitax T3 para los puntos de medida 2, 3, 4 y 5 establecidos según el Real Decreto 1110/2007.
  .	Contador tarifador monofásico multifunción Domotax para medida de energía activa clase 1 y de energía reactiva clase 2, para conexión a dos hilos.
  Segundo
  Esta habilitación tendrá un período de vigencia hasta el 17 de diciembre de 2010, estando sometida a todos los condicionamientos establecidos en la resolución de la habilitación inicial. 
  Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma ante el Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
  Madrid, a 17 de diciembre de 2009..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
  (02/1.546/10)</texto>
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