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    <fecha_publicacion>2010/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 1.816 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 239 
 Demanda 1.816 de 2009 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.816 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Martínez Ortega, contra la empresa “Uce &amp; Image, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la excepción de falta de acción interpuesta por el Fondo de Garantía Salarial, y desestimando la demanda formulada por don Mariano Martínez Ortega, en materia de resolución de contrato, contra la empresa “Uce &amp; Image, Sociedad Limitada”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo absolver y absuelvo a la referida demandada de los procedimientos de los pedimentos en su contra deducidos.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Uce &amp; Image, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.366/10)</texto>
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