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    <fecha_publicacion>2010/03/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 1. Juicio de faltas 19 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>56</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 120 
 Juicio de faltas 19 de 2008 
  Doña Virginia Marta González Granado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 19 de 2008, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
  Sentencia número 121 de 2008
  En Leganés, a 26 de mayo de 2009..Vistos por mí, don Francisco Javier Peñas Gil, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de los de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 19 de 2008, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; de otra, como denunciante, doña Patricia Vicente Rodríguez, asistida de la letrada doña Laura Martín, y como denunciado, don Juan Carlos Gonzalo Bulido, he venido a dictar la presente resolución:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Juan Carlos Gonzalo Bullido, como autor responsable de la falta de hurto descrita, a la pena de un mes de multa, a razón de 2 euros de cuota diaria, totalizando la suma de 60 euros o, caso de impago y previa declaración de insolvencia, quince días de privación de libertad subsidiaria a cumplir en el centro penitenciario correspondiente, así como al pago de la costas surgidas en este juicio y a que indemnice al establecimiento “DIA” en la cantidad de 96,45 euros, más los intereses legales.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Carlos Gonzalo Bullido, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 28 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/6.194/10)</texto>
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