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    <fecha_publicacion>2010/03/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 225 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>54</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 263 
 Ejecución 225 de 2009 
  Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 398 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Alameda Pantoja, contra la empresa “Parquets y Entarimados Diezma, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 26 de enero de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Iván Alameda Pantoja, con la empresa “Parquets y Entarimados Diezma, Sociedad Anónima”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Iván Alameda Pantoja.
  Indemnización: 22.721,50 euros.
  Salarios: 21.273,50 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase igualmente al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30 número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Parquets y Entarimados Diezma, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.849/10)</texto>
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