<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100305-228</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 17 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>54</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-05250220100086</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-228.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-228.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-228.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 228 
 Ejecución 17 de 2010 
  Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 17 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Martín Sánchez, contra la empresa “Transporte de Mercancías Ryma, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Fernando Martín Sánchez, contra “Transporte de Mercancías Ryma, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.979,92 euros, más 179 euros para intereses y más 298 euros para costas, en ambos casos calculados provisionalmente.
  Y en consecuencia, procede acumular la presente ejecución a la seguida en los autos número 1.419 de 2008, ejecución número 135 de 2009, que se sigue en este Juzgado contra la misma deudora, ascendiendo el principal de las ejecuciones acumuladas a 16.571,54 euros, más 994 euros en concepto de interese y más 1.658 euros en concepto de costas, en ambos casos calculados provisionalmente.
  Por todo ello, estese en la presente ejecución a las averiguaciones practicadas en la ejecución número 135 de 2009.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial por el plazo de quince días para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transporte de Mercancías Ryma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de enero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.015/10)</texto>
</documento>