<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100305-201</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 266 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>54</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-03-05250220100070</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-201.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-201.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-201.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 201 
 Ejecución 266 de 2009 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 266 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Robles Rey, contra la empresa “Importgodoy, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 25 enero de 2010.
  Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral de la actora con la empresa demandada en la fecha de la presente resolución por no haber procedido a la readmisión de la trabajadora, condenando a la empresa demandada al abono de la suma de 10.434 euros en concepto de indemnización, devengada con arreglo al salario declarado probado en la sentencia, y la suma de 21.146,34 euros de salarios de tramitación, devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.
  Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Importgodoy, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.832/10)</texto>
</documento>