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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 539 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>54</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 185 
 Juicio de faltas 539 de 2008 
  Doña Gisela García de la Morena, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 539 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 16 de septiembre de 2009..Vistos por doña Ana Rosa Bernal Dafauce, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas seguidos al número 539 de 2008, sobre la presunta falta de estafa, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como denunciante doña Yolanda Blázquez Domínguez, y como denunciadas doña Carola Gálvez Díaz de Bustamante y la mercantil “Neinver, Sociedad Anónima”, siendo perjudicada la estación de servicios “Campsa” del punto kilométrico 24,500 de la carretera R-5, quienes citados en legal forma no comparecieron.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a doña Carola Gálvez Díaz de Bustamante, como autora de una falta de estafa, y a la mercantil “Neinver, Sociedad Anónima”, como responsable civil subsidiaria, declarándose las costas de oficio.
  Notifíquese esta sentencia a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Carola Gálvez Díaz de Bustamante y al representante legal de la gasolinera “Campsa” de la Radial 5, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 1 de febrero de 2010..La secretaria ­(firmado).
  (03/6.111/10)</texto>
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