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    <identificador>BOCM-20100305-183</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/03/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 3. Juicio de faltas 349 de 2007-C</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>54</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 183 
 Juicio de faltas 349 de 2007-C 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 349 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por don Luis Carlos de Isidro y de Pablo, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de los de Getafe, los presentes autos seguidos como juicio de faltas número 349 de 2007-C, por lesiones y maltrato, en los que actúan, además del ministerio fiscal en el ejercicio de acción pública, como denunciante-denunciado don Xinping Chen, asistido por el letrado don Miguel Ángel Cañadilla, como denunciante-denunciado don Mohamed El Idrissi, asistido por la letrada doña María Antonia Oriz, y como denunciado don Diego Hidalgo Jiménez, asistido del letrado señor Bodegas Conara, el cual es sustituido por su compañera la señora Antón.
  Que debo condenar y condeno a don Mohamed El Idrissi, como autor de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal a la pena de treinta días de multa, a razón de una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que determina el artículo 53.1 del Código Penal en caso de impago, y que indemnice a don Ximping Chen en la cantidad de 300 euros por las lesiones causadas, cantidad que devengará el interés legalmente determinado, y que debo absolver y absuelvo a don Mohmed El Idrissi, don Xinping Chen y don Diego Hidalgo Jiménez del resto de las faltas que se le imputaban en este procedimiento, debiendo imponer a don Mohamed El Idrissi el pago de las costas causadas en este procedimiento.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mohamed El Idrissi, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 4 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/6.302/10)</texto>
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