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    <fecha_publicacion>2010/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 862 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>53</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 170 
 Demanda 862 de 2009 
  Doña María Elena Redondo Pacheco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 862 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César Nieto Vera, contra la empresa “Ionics Mediatech España, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 25 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por don César Nieto Vera, contra “Ionics Mediatech España, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a dicha empresa a abonar al referido actor la cantidad de 7.239,91 euros que le adeuda por los conceptos reclamados en aquella.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ionics Mediatech España, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.735/10)</texto>
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