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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 8. Juicio de faltas 494 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 143 
 Juicio de faltas 494 de 2009 
  Doña Eva María Yubero Chi, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 494 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 152 de 2009
  Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan.
  En Torrejón de Ardoz, a 26 de noviembre de 2009..Doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción número 8 de esta localidad y su partido judicial, habiendo visto y oído los autos de juicio verbal de faltas, seguido al número 494 de 2009, en el que se ha formulado denuncia contra don Miloud Jad, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Miloud Jad, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de un mes multa a razón de 6 euros cuota diaria, todo ello con expresa imposición de las costas procesales. En caso de impago de multa cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.
  Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes.
  Así lo pronuncia, manda y firma..María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción.
  Recursos: contra esta sentencia dictada en juicio verbal de faltas cabe interponer recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación para que surta sus efectos ante la correspondiente Audiencia Provincial.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miloud Jad, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 5 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/5.835/10)</texto>
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