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    <fecha_publicacion>2010/03/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 1.452 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 
 198 
 Demanda 1.452 de 2009 
  Doña María José Molina de Juana, secretaria judicial sustituta en funciones de refuerzo del Juzgado de lo social del número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que por sentencia dictada en el día de la fecha 23 de diciembre de 2009, en el proceso seguido a instancias de don Manuel Pinto García, contra “Lumipint, Sociedad Limitada”, en reclamación por resolución de contrato por voluntad del trabajador, registrado con el número 514 de 2009, se ha resuelto en su tenor literal lo siguiente:
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por don Manuel Pinto García, contra la mercantil “Lumipint, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, y condeno a la empresa a que abone al actor la cantidad de 4.176,11 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 2 de abril de 2008, hasta la fecha de esta sentencia, 23 de diciembre de 2009.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la cuenta corriente número 2517/0000/64/1452/09, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Y para que sirva de citación a don Antonio José Ruiz Gallego, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 23 de diciembre de 2009..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.486/10)</texto>
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