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    <fecha_publicacion>2010/02/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 1. Juicio de faltas 250 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>49</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 26 
 Juicio de faltas 250 de 2009 
  Doña Ana Isabel García García, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 250 de 2009 se ha dictado sentencia en fecha 6 de agosto de 2009, cuyo encabezamiento, hechos probados y son del tenor literal siguiente:
  Encabezamiento: “En Alcorcón (Madrid), a 6 de agosto de 2009..Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas, seguidos en este Juzgado y registrado con el número 250 de 2009, sobre falta de hurto, entre partes, a instancias de “Decathlon”, frente a don Dragos Mandalin Coman y don Cosmin Trusca, con intervención del ministerio fiscal; y…
  Hechos probados:
  Sobre las diecinueve cuarenta y cinco horas del día 29 de julio de 2009 don Dragos Madalin Coman y don Cosmin Trusca fueron sorprendidos cuando intentaban salir del establecimiento  “Decathlon”, sito en la avenida de Europa, Alcorcón (Madrid), sin abonar el importe de 160 euros a que ascendían los productos que llevaban consigo, y que pretendían hacer suyos.
  Fallo
  Condeno a don Dragos Madalin Coman y don Cosmin Trusca, como autores responsables cada uno de ellos de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, ello hace un total de 180 euros cada uno, que serán abonados en un solo pago o en los plazos que en ejecución de sentencia se fijen, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas que dejaren de abonar. Y condeno a don Cosmin Trusca, en concepto de responsabilidad civil, a que abone a “Decathlon” la suma de 80 euros. Igualmente, los condeno al pago de las costas procesales.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos  795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la audiencia provincial, y expídase testimonio de la misma, que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cosmin Trusca y don Dragos Madalin Coman, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 22 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/5.324/10)</texto>
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