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    <identificador>BOCM-20100225-45</identificador>
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    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/02/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Licencias. Junta Municipal de Distrito de Tetuán. Licencias actividad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>47</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Junta Municipal de Distrito de Tetuán</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Junta Municipal de Distrito de Tetuán
 
 45 
 Licencias actividad 
  Tipo de expediente: PA nueva impl. act. con obra acond. puntual.
  Interesada: “Egasa XXI, Sociedad Anónima Unipersonal”.
  Emplazamiento: calle Bravo Murillo, número 175.
  Actividad: salón recreativo máquina tipo “B”.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de Actividades de fecha 27 de enero de 2005 y artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 56.5 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004, se anuncia al público que ha sido solicitada la licencia urbanística para el ejercicio de la actividad e instalación especificadas, de acuerdo con el proyecto que, unido al expediente, se encuentra en tramitación en este Distrito, pudiendo ser examinado en horario de lunes y miércoles de nueve a once horas, dentro del plazo de veinte días hábiles.
  Las personas que se consideren afectadas de algún modo por la actividad e instalación referida pueden formular por escrito las observaciones que estimen oportunas en el Registro de este Distrito en el indicado plazo de veinte días hábiles.
  Madrid, a 21 de enero de 2010..Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 28 de noviembre de 2008, la secretaria del Distrito, Catalina Bennaceur Vindel.
  (02/1.391/10)</texto>
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