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    <identificador>BOCM-20100224-48</identificador>
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    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>NOTIFICACIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Notificación de requerimiento de desalojo voluntario en cumplimiento de la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, expediente DNG 832/99, de 20 de agosto, por la que se deniega la pretensión de subrogación formulada en relación al inmueble sito en la calle Abizanda, bloque 32, vivienda 1.995, de Madrid, se declara extinguido el contrato y se acuerda la recuperación posesoria de dicho inmueble</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)
 
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 Notificación de requerimiento de desalojo voluntario en cumplimiento de la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, expediente DNG 832/99, de 20 de agosto, por la que se deniega la pretensión de subrogación formulada en relación al inmueble sito en la calle Abizanda, bloque 32, vivienda 1.995, de Madrid, se declara extinguido el contrato y se acuerda la recuperación posesoria de dicho inmueble. 
  Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario, don Juan de la Torre Francés, de requerimiento de desalojo voluntario en cumplimiento de la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, expediente DNG 832/99, de 20 de agosto, por la que se deniega la pretensión de subrogación formulada en relación al inmueble sito en la calle Abizanda, bloque 32, vivienda 1.995, de Madrid, se declara extinguido el contrato y se acuerda la recuperación posesoria de dicho inmueble, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  El contenido íntegro del requerimiento de desalojo voluntario que se notifica podrá ser examinado en el Área de Inspección de Vivienda del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.
  De conformidad con el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán, en el plazo de diez días hábiles presentar alegaciones, documento y justificaciones que estimen pertinentes.
  Los datos personales contenidos en este documento son objeto de tratamiento informático en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Dirección-Gerencia de este organismo, como responsable del fichero.
  Madrid, a 26 de enero de 2010..El Director-Gerente, José Antonio Martínez Páramo.
  (03/6.082/10)</texto>
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