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    <fecha_publicacion>2010/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 1.249 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 205 
 Demanda 1.249 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.249 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Tardío Avendaño y don Víctor Manuel Nebot Martí, contra don Emilio Carrillo González y “Sun See Land, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 43 de 2010
  En Madrid, a 21 de enero de 2010..Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Óscar Tardío Avendaño y don Víctor Manuel Nebot Martí, que comparecen con asistencia de los letrados doña Patricia López Bayo y don José Luis Carracedo Núñez, y de otra, como demandados, “Sun See Land, Sociedad Limitada”, y don Emilio Carrillo González, que no comparecen pese a estar citados en forma legal, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimo las demandas acumuladas de los dos actores y declaro improcedentes los despidos de ambos realizados por la empresa demandada “Sun See Land, Sociedad Limitada”, con efectos de 17 de julio de 2009.
  Asimismo, declaro extinguida la relación laboral entre cada uno de los dos actores y la empresa con efectos de la notificación de esta sentencia.
  En consecuencia, condeno a la citada empresa y a don Emilio Carrillo González (en calidad de administrador único) a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen:
  A don Óscar Tardío Avendaño la cantidad de 31.361,63 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia, a razón de 2.056,50 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras.
  A don Víctor Manuel Nebot Martí la cantidad de 47.510,81 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia, a razón de 3.305,24 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras.
  Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las cantidades objeto de condena en esta sentencia hasta el límite legal.
  Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
  Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.
  Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Emilio Carrillo González y “Sun See Land, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.445/10)</texto>
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