<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100224-156</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/02/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Getafe número 2. Juicio de faltas 392 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>46</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-02-24180220100182</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-156.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-156.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-156.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 156 
 Juicio de faltas 392 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 392 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Getafe, a 2 de diciembre de 2009..Doña Francisca Gracia Martín Bermejo, magistrada-juez de primera instancia e instrucción, ha visto en juicio oral y público la causa seguida por falta de hurto, contra don Arturo Monereo Castro, por denuncia formulada por don Máximo Jiménez Pizarro, asistido por letrado, con intervención del ministerio fiscal en ejercicio de la acción pública.
  Debo condenar y condeno a don Arturo Monereo Castro, como autor responsable de una falta de hurto, a una pena, de un mes de multa, con una cuota diaria de 5 euros. La pena de multa se sustituirá en caso de no cumplimiento por un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, que podrá cumplirse como localización permanente. Se imponen al condenado las costas correspondientes.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.
  Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal esta resolución.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Arturo Monereo Castro, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 26 de enero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/4.993/10)</texto>
</documento>