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    <titulo>Coslada número 5. Juicio de faltas 405 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>46</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 154 
 Juicio de faltas 405 de 2008 
  Doña Patricia Zamorano Eiriz, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Coslada.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 405 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Coslada, a 18 de septiembre de 2008..Don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez de instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas número 405 de 2008, seguida por una falta de hurto de uso de vehículos, contra don Cristian Buliga, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal.
  Fallo
  Que debo condenar a don Cristian Buliga, como autor responsable de una falta contra el patrimonio del artículo 623.3 del Código Penal, a la pena de localización permanente de doce días, y al pago de las costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación que se tramitará conforme a los artículos 976 y 977 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cristian Buliga, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 26 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/4.768/10)</texto>
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