<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100224-146</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/02/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 1.094 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>46</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-02-24110220100204</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-146.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-146.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/24/BOCM-20100224-146.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 146 
 Juicio de faltas 1.094 de 2007 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 3 (antiguo mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.094 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Encabezamiento
  Que en el juicio de faltas número 1.094 de 2007, por una supuesta falta contra el patrimonio, en la que figuran como denunciante, doña Noelia Corrochano Carpintero, y como denunciados, don Jonathan Duro González, don Santiago Manzano Velasco y don Andrés García García.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Santiago Manzano Velasco, don Andrés García García y don Jonathan Duro González, como autores cada uno responsables de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, a razón de 10 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y costas.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Santiago Manzano Molina, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 16 de enero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/4.735/10)</texto>
</documento>