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    <fecha_publicacion>2010/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 1.188 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 130 
 Juicio de faltas 1.188 de 2007 
  Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el  juicio de faltas número 1.188 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 403 de 2009
  En Móstoles, a 11 de diciembre de 2009..Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 1.188 de 2007, en los que ha sido partes: como denunciante, doña Laura Mateos Aparicio, y como denunciado, don Giovani Todisco, actuando como responsable civil directa la entidad aseguradora “Winterthur”, y como responsable civil subsidiaria la entidad “Autos Aragón Paz y López, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Giovani Todisco, como autor de una falta del artículo 621.3 del Código Penal, a la pena de multa de quince días, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a abonar las costas procesales.
  Asimismo debo condenar y condeno solidariamente a don Giovani Todisco y a la entidad aseguradora “Winterthur” a abonar a doña Laura Mateos Aparicio la cantidad de 9.367,38 euros; y la aseguradora además abonará el interés del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, declarándose responsable civil subsidiaria a la entidad “Autos Aragón Paz y López, Sociedad Limitada”.
  Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Llévese certificación de la presente a los autos principales.
  Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes.
  Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Giovani Todisco y al remitente legal de “Autos Aragón Paz y López, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 25 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/4.342/10)</texto>
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