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    <fecha_publicacion>2010/02/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Procedimiento familia. Divorcio contencioso 808 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>42</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 
 108 
 Divorcio contencioso 808 de 2008 
  Don Jesús María Serrano Sáez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 23 de Madrid, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 808 de 2008, sobre divorcio contencioso, promovidos por doña Míriam Turrero Romero, representada por el procurador don Abelardo Miguel González, contra don Hugo Júnior Estévez Rodríguez, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
  Fallo
  Estimar la demanda interpuesta por doña Míriam Turrero Romero, representada por el procurador don Abelardo Miguel Rodríguez González, contra don Hugo Júnior Estévez Rodríguez, y declarar disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 19 de noviembre de 2004, con los efectos inherentes a dicha declaración.
  No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
  Comuníquese de oficio la presente resolución al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de las partes a los efectos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 264 de su reglamento.
  Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días en la forma prevista en el artículo 257 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451/0000/00/número de procedimiento y año de procedimiento) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta corriente número 0030/1835/20/0000000000, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el término de cinco días por medio de abogado y procurador.
  Y para que sirva de notificación en forma a don Hugo Júnior Estévez Rodríguez, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de enero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/5.408/10)</texto>
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