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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Resoluciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>41</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social - Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Toledo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
 Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Toledo
 
 67 
 Resoluciones 
  Don Régulo Alonso Ferreras, secretario general de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social en Toledo.
  Por la presente hace saber a los interesados comprendidos en la relación que a continuación se inserta que, ante la imposibilidad de comunicarles las resoluciones por ausencia o paradero desconocido, se les notifican de acuerdo con lo dispuesto en el punto 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), y se les comunica que en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de esta publicación, podrán presentar recurso de alzada ante el director general de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente, se les comunica que el expediente podrá ser examinado en las oficinas de esta Inspección Provincial de Trabajo, en Bajada Castilla-La Mancha, número 5, de Toledo.
  	Interesado. . Domicilio. . Localidad y código postal. . Número de acta. . Sanción	
  Pedro Herrera Ojeda. . Avenida Huerta de Castañeda, número 29, primero B. . 28011 Madrid. . I452009000039688. . Confirmar la sanción propuesta en el acta extinción de la prestación o subsidio por desempleo desde el 11 de marzo de 2009 y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.
  Asimismo, se confirma la sanción accesoria consistente en la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda por fomento de empleo durante un año.
  Irene Rodríguez Gil. . Urbanización “Laguna de Peñalara”, número 1. . 28980 Parla (Madrid). . I452009000037870. . Confirmar la sanción propuesta en el acta extinción de la prestación o subsidio por desempleo desde el 11 de marzo de 2009 y reintegro de las cantidades, en su caso, indebidamente percibidas.
  Asimismo, se confirma la sanción accesoria consistente en la exclusión del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda por fomento de empleo durante un año.
  Asimismo, se confirma la sanción accesoria consistente en la exclusión del derecho a participar durante este período en acciones formativas en materia de formación profesional ocupacional y continua durante un año.
  José Jesús Caballero Novoa. . Calle Bureba, número 30, quinto C. . 28915 Leganés (Madrid). . I282009005009126. . 25.299,75 euros. Asimismo, se confirma como sanción accesoria la pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde 1 de febrero de 2009, fecha en que se cometió la infracción. Igualmente, el empresario responderá solidariamente de la devolución de las cantidades, en su caso, indebidamente cobradas por el trabajador.
  Toledo, a 24 de noviembre de 2009..El secretario general, Régulo Alonso Ferreras.
  (02/253/10)</texto>
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