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    <fecha_publicacion>2010/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 437 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>41</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 192 
 Demanda 437 de 2009 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 437 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Petrova Raycheva Zaharina, contra la empresa “Urimad 16, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 14 de 2010
  En Madrid, a 20 de diciembre de 2009..Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre doña Petrova Raycheva Zaharina, como demandante, y “Urimad 16, Sociedad Limitada”, como demandada, con citación del Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Petrova Raycheva Zaharina, contra “Urimad 16, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la cantidad de 2.832,18 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urimad 16, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.645/10)</texto>
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