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    <fecha_publicacion>2010/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento ordinario 1.057 de 2005</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>41</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 
 140 
 Procedimiento ordinario 1.057 de 2005 
  Doña María Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.057 de 2005, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 30 de marzo de 2009..Vistos por mí, doña María Teresa Villagarcía Sancho, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 39 de los de esta capital, los presentes autos de juicio ordinario número 1.057 de 2005, promovida por la procuradora de los tribunales doña Lourdes Redondo García, en representación de “Indogás, Sociedad Cooperativa Limitada”, contra la entidad “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Juan Torrecilla Jiménez, y contra don Enrique Maldonado Morales, en situación procesal de rebeldía, como parte demandada, en nombre de Su Majestad el Rey, y por la autoridad que me ha sido conferida, procedo a dictar la presente resolución.
  Fallo
  Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Lourdes Redondo García, en representación de “Indogás, Sociedad Cooperativa Limitada”, contra la entidad “Allianz, Sociedad de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Juan Torrecilla Jiménez, y contra don Enrique Maldonado Morales, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar, conjunta y solidariamente, a la actora el importe de los daños traseros causados en el vehículo “Nissan”, matrícula M-8259-SN, 2.731,45 euros, impuesto sobre el valor añadido incluido, más los intereses indicados en el fundamento jurídico cuarto, sin imposición de las costas, debiendo satisfacer cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes al día de su notificación, debiendo interponerse ante este Juzgado en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Enrique Maldonado Morales se extiende la presente para que sirva de notificación en legal forma al mismo..Doy fe.
  En Madrid, a 19 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/1.176/10)</texto>
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