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    <identificador>BOCM-20100212-120</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALCALÁ DE HENARES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/02/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcalá de Henares. Urbanismo. Modificación de criterios de valoración de proyecto de expropiación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>36</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 URBANISMO
 
 120 
 Modificación de criterios de valoración de proyecto de expropiación 
  Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de noviembre de 2009, a doña Julia Moya Sánchez, en relación con la modificación de criterios de valoración empleados en el proyecto de expropiación del ámbito comprendido entre las calles Nuestra Señora de la Esperanza y paseo de las Moreras, de esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica por la presente dicho acuerdo, a los efectos previstos en dicho precepto legal. El citado acuerdo de la Junta de Gobierno en su parte dispositiva dice lo que sigue:
  “La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada y en consecuencia proceder a la apertura de un nuevo trámite de información pública por término de un mes, con objeto de que quienes se consideren interesados puedan formular las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.
  A tal fin, serán insertados anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión en la Comunidad de Madrid.
  Las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de bienes o derechos en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de criterios de valoración, a fin de que puedan formular las alegaciones que consideren oportunas a su derecho en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación.
  Una vez informadas las alegaciones que, en su caso, se hayan producido, el expediente será sometido al órgano competente de la Comunidad de Madrid en orden a su aprobación, si así procede”.
  Lo que tengo el honor de comunicar a usted por figurar como parte interesada en el expediente, para su conocimiento y efectos oportunos.
  Alcalá de Henares, a 1 de febrero de 2010..El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).
  (02/1.377/10)</texto>
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