Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261022-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 20 de octubre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de las ayudas para el crecimiento o consolidación de los trabajadores autónomos y las microempresas madrileñas.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación.

En cumplimiento de estos preceptos, se dictó la Orden de 9 de febrero de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de las ayudas para el crecimiento o consolidación de los trabajadores autónomos y las microempresas madrileñas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 39, de 16 de febrero de 2026), que ahora se propone modificar.

La evolución de las solicitudes presentadas desde la apertura de la convocatoria de 2026 —financiada mediante la Orden de 30 de abril de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112 el 13 de mayo de 2026, por la que se declaró disponible un crédito de 5.000.000 de euros para 2026— pone de manifiesto la conveniencia de incrementar los recursos destinados a las ayudas.

En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

En Madrid, a 20 de octubre de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), P. S. la Viceconsejera de Economía y Empleo (Orden de 15 de octubre de 2026), el Viceconsejero de Hacienda y Función Pública, Juan Revuelta González.

(03/17.090/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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