Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
03-08-2026

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260803-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

URBANISMO

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Brunete. Urbanismo. Proyecto reparcelación

En Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 24 de julio de 2026, se adoptó el siguiente:

ACUERDO

Primero.—Estimar y desestimar las alegaciones que se han efectuado en base a las determinaciones del informe jurídico.

Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación del SR-2 “El Olivar” del PGOU de Brunete.

Tercero.—Notificar individualmente el presente acuerdo a los interesados.

Cuarto.—Publicar la presente resolución de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y pagina web.

Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de los de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Brunete, a 29 de julio de 2026.—La alcaldesa-presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.

(02/12.737/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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