Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2026

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260410-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA

CONTRATACIÓN

56
Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Contratación. Mesa contratación

La Presidencia de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla ha dictado la Resolución 2026-0078, de 27 de marzo de 2026, de constitución, composición y funciones de la Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones, cuyo extracto se inserta a continuación y que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente:

(…)

Primero.—Constituir una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones que celebre esta Mancomunidad, con las funciones que le asigna el artículo 326.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y los Reales Decretos 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en los expedientes patrimoniales en los que exista licitación pública y pliegos con criterios que hayan de ser objeto de valoración, salvo que el órgano que haya de efectuarla se rija por normas legales o reglamentarias especiales.

En el caso de procedimientos patrimoniales, la Mesa de Contratación se denominará Mesa de Valoración.

Segundo.—Determinar la composición de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento anterior, en los siguientes términos:

a) Presidenta: D.a Juana Iris Álvarez Ruiz, presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, que será suplida por D.a Yolanda Rollón Ferigal, vicepresidenta de la Mancomunidad.

b) Secretaria: D.a Cristina Cerquera Jiménez, que será suplida por D.a Ana Belén Iglesias Torres, que actuarán con voz, pero sin voto.

c) Vocales:

— D.a Elena Marcelo Ayala, secretaria general de la Mancomunidad.

— D.a Raquel Majuelo Peña, interventora de la Mancomunidad.

A las reuniones de la Mesa, y a solicitud de la presidencia de esta, podrá asistir el personal de la Mancomunidad asesor que resulte necesario según la naturaleza de los asuntos a tratar, el cual actuará con voz, pero sin voto.

Tercero.—Establecer que las actuaciones de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero se regirán, además de por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la normativa específica de contratación pública, por lo establecido en la Sección 3.a del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.—Establecer que los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero actuarán en todas las licitaciones sujetas a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Quinto.—Dejar sin efecto el Decreto de la Presidencia 2025-0206, de 5 de agosto de 2025.

Sexto.—Notificar este decreto a los miembros titulares y suplentes de la Mesa de Contratación.

Séptimo.—Publicar este decreto en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

(…)

Mejorada del Campo, a 30 de marzo de 2026.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.

(03/5.031/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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