Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2026

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260404-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

6
ADENDA de 19 de marzo de 2026, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a Través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación del Real Madrid para la implantación del “Programa Baloncesto en Hospitales” mediante el acompañamiento de pacientes ingresados o en tratamiento ambulatorio en los Centros Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, y lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y en los artículos 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio y 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.

De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.

Y, de otra parte, D. Julio González Ronco, actuando en nombre y representación de Fundación del Real Madrid, con NIF G-81828493 y domicilio social en Madrid (28036), avenida Concha Espina, número 1, en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en escritura notarial de 1 de diciembre de 2009 (protocolo número 3050), de elevación a público de acuerdos sociales ante D. Cruz Gonzalo López-Muller Gómez, notario del Ilustre Colegio de Madrid.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 4 de abril de 2022 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación del Real Madrid para la implantación del “Programa Infantil Baloncesto en Hospitales” mediante el acompañamiento de niños y adolescentes ingresados o en tratamiento ambulatorio en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Mediante adenda suscrita el 20 de enero de 2025 se modificó el título y clausulado del convenio, pasando a denominarse “Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación del Real Madrid para la implantación del “Programa Baloncesto en Hospitales” mediante el acompañamiento de pacientes ingresados o en tratamiento ambulatorio en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud”.

Segundo

La evaluación de las actuaciones derivadas del convenio ha sido favorable, la Fundación del Real Madrid ha manifestado su deseo de mantener la línea de colaboración con la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud para dar continuidad al objeto del convenio y existe un interés común de las partes en el mantenimiento de la colaboración, dirigida a promover la humanización de la asistencia sanitaria y normalizar la vida de los pacientes y sus familiares o allegados durante el proceso de la enfermedad.

Tercero

Según su cláusula novena, el convenio tiene una vigencia de cuatro años a contar desde la fecha de su perfección por la prestación del consentimiento de las partes, conforme establece el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, entendiéndose como fecha de dicho consentimiento la del día en que el mismo es suscrito por el último de sus firmantes. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo inicial de vigencia podrá ser prorrogado mediante acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por períodos que en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En consecuencia, cabe prorrogar la vigencia del convenio que finaliza el 3 de abril de 2026 por un período de cuatro años, sin posibilidad de prórroga posterior,

CLÁUSULA ÚNICA

Acuerdo de prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena del convenio de referencia, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 4 de abril de 2026 y el 3 de abril del 2030, ambas fechas incluidas.

Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda.

Madrid, a 19 de marzo de 2026.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por Fundación del Real Madrid, el Apoderado, Julio González Ronco.

(03/4.504/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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