Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2026

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260110-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

2
ADENDA segunda de 11 de diciembre de 2025, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid, para la ejecución del Programa formativo para cargos electos de las entidades locales de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en el ejercicio de su cargo y en uso de las facultades que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Fernando Aguado Barriales, Presidente del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado en sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno de 30 de mayo de 2023, facultado para la firma del presente Convenio en sesión de la Junta de Gobierno del citado Colegio celebrada el 30 de mayo de 2023, y en ejercicio de la representación que le confiere el artículo 32 de los Estatutos del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid, inscritos en el Registro de Colegios Profesionales el 5 de noviembre de 2018 y publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 57, de 8 de marzo de 2019, por Resolución de 21 de febrero Comunidad de Madrid, inscritos en el Registro de Colegios Profesionales el 5 de noviembre de 2018 y publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 57, de 8 de marzo de 2019, por Resolución de 21 de febrero de 2019, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción del presente convenio de colaboración y

EXPONEN

I. Que con fecha 13 de marzo de 2024 se firmó el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de la Comunidad de Madrid para la ejecución del Programa formativo para cargos electos de las entidades locales de la Comunidad de Madrid, (en adelante el convenio).

Conforme lo establecido en la cláusula octava del convenio, éste tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo prorrogarse, por mutuo acuerdo de las partes, por períodos anuales hasta un máximo de cuatro.

Con fecha de 27 de diciembre de 2024 se firmó Adenda de modificación y prórroga del convenio, extendiendo sus efectos desde el día 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025.

II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada en el ejercicio 2025 en la ejecución del Programa formativo para cargos electos de las entidades locales de la Comunidad de Madrid y se comprometen a dar continuidad al mismo durante el ejercicio 2026.

III. Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de dicho convenio de colaboración se entienden vigentes desde la fecha de su firma hasta la fecha la extinción del mismo, incluidas las prórrogas.

Que se mantienen vigentes el objeto y el resto de compromisos y obligaciones que las partes asumieron en el convenio suscrito el 13 de marzo de 2024 y adenda de 27 de diciembre de 2024, de modificación y prórroga del Convenio, no modificados por el presente acuerdo de prórroga.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del Convenio

Conforme a lo establecido en la cláusula octava las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026.

Segunda

Compromisos

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en el articulado del convenio, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio.

Con el fin de poder ejecutar las obligaciones derivadas de la presente Adenda, la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local se compromete a realizar a una aportación económica por importe máximo de 32.000 euros.

La presente adenda se financiará con cargo a la partida presupuestaria 26009 del Programa 942O, Reequilibrio Territorial, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026 y 2027, con la siguiente distribución de anualidades:

— 2026: 24.000 euros.

— 2027: 8.000 euros.

La Consejería se compromete a abonar a COSITAL Madrid el importe correspondiente, previa presentación por parte del Colegio de las facturas.

COSITAL Madrid presentará una factura al finalizar cada trimestre del ejercicio 2026, que deberá ser conformada por la unidad administrativa competente de la Dirección General de Reequilibrio Territorial.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente Adenda electrónicamente.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Presidente del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración local de la Comunidad de Madrid (COSITAL Madrid), Fernando Aguado Barriales.

(03/21.433/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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