Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4

Fecha del Boletín 
06-01-2026

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260106-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

22
ADENDA de 15 de diciembre de 2025, de modificación y de tercera prórroga del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la prestación del servicio de comedor en la calle Canarias.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D. José Fernández Sánchez, nombrado mediante Decreto del Alcalde, de fecha 17 de junio de 2023, Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, y actuando en virtud de las atribuciones conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y

EXPONEN

Con fecha 19 de enero de 2023 se suscribió el convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la prestación del servicio de comedor en la Calle Canarias, 5. El 7 de noviembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del mencionado convenio, se procedió a la firma de la adenda, prorrogando este hasta el 31 de diciembre de 2024. Posteriormente, el 25 de octubre de 2024, se procedió a la firma de una segunda adenda, prorrogando el convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.

El objeto del convenio es el establecimiento de las condiciones y requisitos a los que se ajustará la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la actual Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la actual Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, para la prestación del servicio de comedor de la calle Canarias, 5, a personas en situación de vulnerabilidad social.

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula segunda del citado convenio, se modifica el número de plazas que serán ocupadas por personas usuarias derivadas por el Ayuntamiento de Madrid pasando de 450 plazas que establecía el convenio a 350 plazas. Dicha modificación, viene motivada porque al revisar el porcentaje de ocupación de las mismas por parte del Ayuntamiento de Madrid y, en base a lo que establece la citada cláusula, se considera adecuado que las plazas conveniadas para el Ayuntamiento de Madrid pasen de 450 a 350.

Según establece la estipulación decimoprimera: “El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiéndose prorrogar por voluntad expresa de las partes antes de la finalización del mismo, hasta un máximo de cuatro años o modificar su contenido mediante la formalización de la correspondiente adenda, por acuerdo entre las partes (…)”.

Estimándose por ambas partes que se han producido avances notorios en el cumplimiento del objeto y finalidad del convenio, así como que sigue siendo necesario continuar con las actuaciones de colaboración contempladas en el mismo, en base a la referida estipulación decimoprimera.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la tercera adenda de prórroga y primera de modificación del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

La cláusula segunda del convenio queda redactada como sigue:

“Segunda

Plazas

Del total de las 612 plazas del comedor situado en la calle Canarias, 350 serán ocupadas por personas usuarias derivadas por el Ayuntamiento de Madrid, con los criterios que se establecen en este convenio”.

Segunda

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 19 de enero de 2023, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

Madrid, a 15 de diciembre de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/21.062/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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