Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2026

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260105-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Rascafría. Régimen económico. Calendario fiscal

Por Decreto de Alcaldía n.o 422/2025, de fecha 12 de diciembre de 2025, se aprobó el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, siendo el siguiente:

Si por cualquier causa fuera preciso variar la disposición de las fechas detalladas en el calendario precedente, se pondrá, con antelación suficiente, en conocimiento de los contribuyentes.

Lugar y forma de pago:

— Por domiciliación bancaria.

— Por ingreso en las oficinas de las entidades colaboradoras Caixabank o Santander.

— A través de la carpeta tributaria del Ayuntamiento de Rascafría.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntaria, se iniciará el periodo ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio devengándose interés de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley General Tributaria.

Anuncio de exposición pública de los padrones

Los padrones fiscales se expondrán durante el plazo de quince días naturales antes del inicio del período de cobro. Se podrá interponer recurso de reposición contra los datos contenidos en el mismo ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública del padrón.

Rascafría, a 19 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Óscar Joaquín Robles Hernández.

(03/21.274/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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