Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
25-11-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251125-80

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villarejo de Salvanés. Régimen económico. Calendario fiscal

Por resolución de Alcaldía número 2025-1692, de fecha 13 de noviembre de 2025, se ha aprobado el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2026, cuya parte dispositiva presenta el siguiente tenor literal:

Primero.—Aprobar el presente calendario fiscal para el ejercicio 2026, de acuerdo con el siguiente detalle:

Calendario fiscal ejercicio 2026

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del 1 de marzo al 19 de mayo (domiciliados 19 de mayo).

— Tasa de vados, del 17 de abril al 30 de junio (domiciliados 30 de junio).

— Tasa de recogida de basuras, del 17 de mayo al 31 de julio (domiciliados 31 de julio).

— Impuesto sobre actividades económicas del 1 de septiembre al 25 de noviembre (domiciliados 25 de noviembre).

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del 1 de septiembre al 30 de noviembre (domiciliados 30 de noviembre).

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del 1 de septiembre al 30 de noviembre (domiciliados 30 de noviembre).

Recibos domiciliados se cobran el último día del período de voluntaria.

Sistema Especial de Pago (pago fácil) de conformidad con el artículo 5 de la Ordenanza General de Recaudación de los Tributos y otros ingresos de Derecho Público Locales y Fianzas y Depósitos fraccionado en 4 plazos con una bonificación del 4 % a aplicar en la última cuota:

— Primer plazo: 15 de marzo.

— Segundo plazo: 15 de junio.

— Tercer plazo: 15 de septiembre.

— Cuarto plazo (regularización): 30 de octubre.

Este sistema de pagos no supone recargos ni intereses, conlleva una bonificación del 4 % y la obligación de domiciliación por parte del contribuyente, para importes de deuda superiores a 100 euros.

Dicha solicitud de bonificación deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2025, para que surta efectos, en el registro general del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

Modalidad de cobro

La recaudación de los tributos y tasas municipales de cobro periódico, de notificación colectiva gestionados por padrón, así como las liquidaciones, autoliquidaciones, y la modalidad 2 C60 (cartas de pago), se realizará a través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: Banco Santander, CaixaBank, y Eurocaja Rural.

Medios de pago

Los medios de pago a utilizar para la atención de la deuda que figure en el documento facilitado. A tal efecto se indican los siguientes:

a) Transferencia bancaria.

b) Domiciliación bancaria.

c) Tarjeta bancaria (TPV) a través de la sede electrónica:

https://villarejodesalvanes.sedelectronica.es/ oficina virtual tributaria (OVT).

Lugares, días y horas de ingreso

Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que así tengan establecidos.

Segundo.—Someter dicho calendario a información pública, con publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón electrónico del Ayuntamiento.

En Villarejo de Salvanés, a 14 de noviembre de 2025.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz Raboso.

(01/18.741/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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