Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
06-10-2025

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251006-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Hoyo de Manzanares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

La alcaldesa-presidenta, con fecha 18 de septiembre de 2025, ha dictado el decreto número 2025-1253, que en su parte dispositiva dice así:

Primero.—Avocar para esta Alcaldía las delegaciones efectuadas a favor de D.a Rocío Cabrera Santos, mediante decreto de Alcaldía 2025-0859, de 20 de junio de 2025, relativas al Área de Cultura y Patrimonio cuyo contenido es:

1. Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.

2. Implantar junto con la Comunidad de Madrid la estrategia de cultura y patrimonio.

3. Promoción y organización de proyectos y eventos culturales.

4. Gestión y explotación de las instalaciones culturales de titularidad municipal.

5. Fomento y promoción del libro y la lectura.

6. Dirección y gestión del Centro de Cultura.

7. Dirección y gestión de la Biblioteca Municipal.

8. Catalogación, conservación, difusión y acrecentamiento documental, bibliográfico y otros de naturaleza análoga.

9. Biblioteca.

10. Ludotecas.

11. Coordinación general, programación y gestión de las salas de exposiciones.

12. Coordinar y supervisar el protocolo de todos los actos.

13. Cuidar la imagen de los edificios municipales.

14. Hacer cumplir el Reglamento de Honores, Distinciones y Ceremonial.

Esta delegación abarca tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Segundo.—Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas indicarán expresamente esta circunstancia.

Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.

Tercero.—Todas las delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de este decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y aceptación expresa por parte de los concejales delegados, o tácita, si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación, el destinatario no se manifiesta en contrario ante la Alcaldía.

Cuarto.—Notificar personalmente el presente decreto a las designadas, publicar en el tablón de anuncios y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dése cuenta en la primera sesión plenaria que se celebre.

En Hoyo de Manzanares, a 25 de septiembre de 2025.—La alcaldesa, María Victoria Barderas García.

(03/15.363/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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