Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
04-09-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250904-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

URBANISMO

31
Arroyomolinos. Urbanismo. Plan especial

Por el Ayuntamiento de Arroyomolinos Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, de 27 de agosto de 2025, se ha adoptado el siguiente acuerdo con relación al Plan Especial de mejora del medio urbano en la calle Fresadores del SAU-4 “Valdefuentes” de Arroyomolinos:

«Primero.—Aprobar inicialmente el plan especial de mejora de la ordenación establecida en suelo urbano en los términos que constan en el expediente debidamente diligenciados por la secretaria general del Ayuntamiento bajo la denominación de “Plan Especial de Mejora del Medio Urbano en la calle Fresadores SAU-4 ‘Valdefuentes’”, con la condición de que antes de la aprobación definitiva reconduzca el estándar de plazas de aparcamiento a metros cuadrados de construcción.

Segundo.—Someter el expediente a información pública por plazo de 30 días, solicitando igualmente los informes que se hacen necesarios según el informe evacuado por la asesoría jurídica municipal. Mediante anuncio que se efectuara en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web municipal, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad. Durante dicho periodo quedará el expediente de manifiesto en los servicios técnicos municipales de urbanismo de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas, en horario de atención al público. En dicho plazo igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente en defensa de sus derechos e intereses legítimos.

Tercero.—Atendidas las circunstancias del caso, y a los efectos de lo establecido en la Ley 21/2013, con la modificación de la redacción operada del párrafo séptimo del apartado 2 de la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre. Debido al escaso alcance, entidad y capacidad innovadora del presente procedimiento, desde el punto de vista de la ordenación urbanística, el proyecto no estará sometido a procedimiento ambiental.

Cuarto.—Solicitar los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestoras de los intereses públicos que resulten o puedan resultar afectados y que se encuentren previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en la fase de tramitación del presente planeamiento especial y en los plazos que así establezca la legislación vigente.

Quinto.—La presente modificación opera exclusivamente en el ámbito de la ordenación pormenorizada, y dentro del ámbito del suelo urbano consolidado, siendo congruente por lo tanto con la ordenación estructurante del planeamiento general, a los efectos de lo establecido en el artículo 35.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Sexto.—Notifíquese a los titulares registrales y catastrales el presente acto de aprobación».

Visto lo anterior, durante el periodo de 30 días desde la publicación de este anuncio, el expediente podrá ser consultado en la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Arroyomolinos, en horario de atención al público, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. En dicho plazo los interesados podrán formular las alegaciones que consideren convenientes para la defensa de sus derechos e intereses.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento (dirección: https://sedeelectronica.ayto-arroyomolinos.org ).

Arroyomolinos, a 28 de agosto de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, José María Casado Álvaro.

(02/14.006/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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