Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250724-51

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

51
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio 2160/2025, de 14 de julio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Estimar el recurso de reposición interpuesto por doña Almudena Hernández Bordes, con DNI ***3418**, mediante escrito registrado de entrada con referencia núm. 19988/2025, de 9 de julio, contra la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas aprobada, por decreto 1958/2025, de 27 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 162, de 9 de julio de 2025), por el primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, en el proceso selectivo convocado para la cobertura, en ejecución de la Oferta Pública de Empleo del año 2024, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de personal funcionario de carrera de la Escala de Administración General, Subescala Técnica Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

2.o Modificar la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas aprobada, por decreto 1958/2025, de 27 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 162, de 9 de julio de 2025), por el primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, en el proceso selectivo convocado para la cobertura, en ejecución de la Oferta Pública de Empleo del año 2024, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de personal funcionario de carrera de la Escala de Administración General, Subescala Técnica Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en el sentido de incluir en la misma a doña Almudena Hernández Bordes, en los términos que se indican:



3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como en la página web municipal, para general y público conocimiento.

4.o Notificar la presente resolución a la interesada, con indicación de los recursos que, como acto resolutorio del recurso de reposición, procedan.

5.o La presente resolución, en lo relativo a la modificación de la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril de 2014.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.

En Boadilla del Monte, a 15 de julio de 2025.—El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.

(01/11.667/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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