Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
30-04-2025

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250430-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

11
ORDEN 104/2025, de 11 de abril, de la Consejería de Digitalización, por la que se resuelven las subvenciones concedidas para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024.

Mediante Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 116/2024, de 12 de septiembre, de la Consejería de Digitalización, se modificó la Orden 89/2023 y se aprobó la convocatoria de 2024 para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Las ayudas que se conceden contribuyen al objetivo total cuantitativo del CID #238 de la inversión C15.I2, “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial”, de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR), que contiene acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos (Programa UNICO-Industria y empresas). Las ayudas están financiadas por los fondos NextGenerationEU de la Unión Europea, cuyas cuantías fueron fijadas y transferidas por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.

Se ha realizado el análisis de la información recibida, y valorado todas las circunstancias concurrentes para la tramitación del procedimiento, de conformidad con la normativa reguladora aplicable y en especial con la Orden 116/2024, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 89/2023, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la nueva convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia no competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

En virtud de lo anterior, y conforme con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización,

DISPONGO

Primero

Las entidades a las que se les concede la subvención solicitada son:

— Nagar Decoración, S. L. U., con NIF B-85789543. La ayuda concedida es de 34.335,17 euros (treinta y cuatro mil trescientos treinta y cinco euros con diecisiete céntimos de euro).

— Sidi Proyectos Obras y Equipamientos, S. L. U., con NIF B-86037074. La ayuda concedida es de 34.335,17 euros (treinta y cuatro mil trescientos treinta y cinco euros con diecisiete céntimos de euro).

Segundo

Se revoca la subvención concedida a la entidad:

— Doble A Inversiones, S. A., con NIF B-83307231, por presentar renuncia el día 25 de marzo de 2025, de la solicitud de ayuda presentada en la Consejería de Digitalización por importe de 191.558,52 euros.

Tercero

El importe total de las subvenciones concedidas asciende a 68.670,34 euros, que se harán efectivos con cargo al subconcepto 79000, fondo 2022/00063 del programa presupuestario 928M correspondiente al año 2025.

Las ayudas tienen carácter de minimis [Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas “de minimis”. Reglamento “de minimis”].

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse:

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Recurso ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de abril de 2025.—El Consejero de Digitalización, P. D. (Orden 47/2024, de 1 de abril), el Director General de Estrategia Digital, Ignacio Julen Azorín González.

(03/6.246/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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