Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2025

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250218-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES Y MUJER LA MALICIOSA

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Por la Junta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2024, fue aprobada provisional o inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del establecimiento de la tasa por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en la modalidad de auxiliar de hogar (SAD) y Teleasistencia (TAD) de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, durante el plazo de exposición al público por treinta días de la citada ordenanza, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2024, plazo que comenzó el día 9 de diciembre de 2024 y finalizó el día 22 de enero de 2025, no ha sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49.c) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada modificación de la ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tabón de anuncios de la Mancomunidad, cuyo contenido literal es el siguiente:

Guadarrama, a 6 de febrero de 2025.—El presidente de la Mancomunidad, Antonio Coello Gómez-Rey.

(03/1.984/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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