Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241231-30

Páginas: 12


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Colmenar Viejo. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Aprobado de forma definitiva por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de diciembre de 2024, el expediente de imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicio de recogida de residuos urbanos, una vez resuelta las reclamaciones presentadas durante el periodo de exposición pública, conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mismo texto legal, se procede a la publicación del texto íntegro de la ordenanza fiscal, resultando de aplicación a partir del día 1 de enero de 2025 permaneciendo en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación expresas.

Documento íntegro:

























Texto íntegro de ordenanza y anexo I publicado en página web en la dirección:

Anuncio definitivo de ordenanza.pdf (CSV:28770IDOC23B1AF296D6734648B7) https://carpeta.colmenarviejo.es/eAdmin/IrAValidarDocumento.do?IdDoc=287...

Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid, conforme a lo establecido en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga cualquier otro recurso si se estima oportuno.

Colmenar Viejo, a 30 de diciembre de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.

(03/21.677/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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